2222 Dayton St

Aurora, CO 80010

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720-794-5377
  • Alquiler mensual

    $1,395

  • Habitaciones

    2 habitaciones

  • Baños

    1 baño

  • Pies cuadrados

    725 pies²

Detalles

Disp. ahora
* El precio que se muestra es el alquiler base y es posible que no incluya cuotas o servicios básicos obligatorios. El precio, la disponibilidad, las tarifas y cualquier oferta especial de alquiler aplicable están sujetos a cambios sin previo aviso.
* Las definiciones de la superficie varían. La superficie cuadrada que se muestra es aproximada.
2222 Dayton St
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Acerca de esta propiedad

---- PROGRAMA UNA VISITA EN LÍNEA EN: ---- Acceso al patio del apartamento en esquina con balcón o patio en el hotel Gabinetes para agitadores Laurdry White Pisos de madera

2222 Dayton St se encuentra en Adams County en el código postal 80010.

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Kaitlyn

Características

  • Lavavajillas

Tarifas y políticas

Ubicación
Dirección de la propiedad: 2222 Dayton St, Aurora,
CO 80010
Obtén las direcciones
Esta propiedad Propiedad disponible
Comodidades
  • Lavavajillas
Transporte
Muy Accesible
85
Walk Score®
de 100
Si disfrutas caminar, te encantará alquilar en esta área. Es un área donde se puede caminar mucho.
Algun Tránsito
45
Transit Score®
de 100
Al vivir en Esta propiedad, probablemente querrás conducir ya que el área tiene pocas opciones de transporte público.
Ciclable
65
Bike Score®
de 100
Aunque hay un poco de infraestructura para bicicletas en esta área, de todas formas necesitarás un automóvil para realizar muchos de los mandados.
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Soundscore
de 100

Tráfico:

-

Aeropuerto:

-

Empresas:

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Preguntas Frecuentes
¿Puedo enviar un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino" al postular?

El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.

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